Noticia

13-08-2012  SUBVENCIONES PARA CONTRATACIÓN DE ESTUDIANTES DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL

 Subvenciones a empresarios para contrataión indefinia de personas con ciclos formativos de Formación profesional


Objeto del trámite

Fomentar la celebración y el mantenimiento de contratos indefinidos a tiempo parcial de mayores de 18 años que al mismo tiempo cursen durante el año académico 2012-2013 primer o segundo curso de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial de grado medio o superior en centros educativos de la Comunidad Valenciana.
Inicio
¿Quién puede iniciarlo?

Interesados/Solicitantes

Las empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que cuenten con centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, en los cuales deberán prestar sus servicios los alumnos contratados.

EXCLUSIONES:
- Estarán excluidas como beneficiarias las entidades financieras, administraciones públicas, fundaciones constituidas por entidades públicas, empresas con participación pública.
- No podrán ser entidades beneficiarias aquellas empresas y entidades que durante el año anterior a la contratación hayan extinguido contratos indefinidos, en virtud de expedientes de regulación de empleo, por causas objetivas o despidos declarados firmes e improcedentes, por resolución judicial o administrativa.
- Quedarán excluidas como entidades beneficiarias aquellas empresas o entidades que hayan sido sancionadas en firme con motivo de las infracciones contenidas en las secciones 1 y 3 del capítulo II (infracciones en materia de relaciones laborales e infracciones en materia de empleo, respectivamente), y en los capítulos III, IV y V (infracciones en materia de seguridad social, infracciones en materia de emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros e infracciones en materia de sociedades cooperativas, respectivamente) del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 5/2000, durante los tres años anteriores a la presentación de la solicitud.
- Asimismo, quedarán excluidas como entidades beneficiarias aquellas empresas o entidades que hayan sido sancionadas en firme con motivo de las infracciones graves y muy graves contenidas en la sección 2 del capítulo II (infracciones en materia de prevención de riesgos laborales) del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 5/2000, durante los dos y tres años, respectivamente, anteriores a la presentación de la solicitud.
- A su vez, quedarán excluidas como entidades beneficiarias aquellas empresas o entidades que hayan sido condenadas mediante sentencia firme por los delitos contra los derechos de los trabajadores contenidos en el título XV del libro segundo del Código Penal, durante los cinco años anteriores a la solicitud.
- También quedarán excluidas como entidades beneficiarias aquellas empresas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas por el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Finalmente, por tratarse de ayudas acogidas al régimen de mínimis, quedarán excluidas las empresas pertenecientes a los sectores a que hace referencia la disposición adicional 3ª de la Orden de convocatoria.

Requisitos

1. Que formalicen o mantengan, según el supuesto subvencionable, un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial con interesado mayor de 18 años, siempre que se comprometa a permitir y facilitar que curse un ciclo formativo relacionado con la prestación laboral objeto del contrato de trabajo. El horario de trabajo debe ser compatible con la asistencia a clase del trabajador.
2. Que estén radicadas en la Comunitat Valenciana, bien por tener el domicilio social o algún centro de trabajo en la misma y que la prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Inicio
# Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

Cuantía de la subvención:

- 3500 euros, por la contratación indefinida a tiempo parcial de alumnos que se matriculen por primera vez en el curso 2012-2013 en el primer o segundo curso de un ciclo formativo de Formación Profesional Inicial.

-2500 euros, por el mantenimiento del contrato indefinido a tiempo parcial con una persona que se matricule por primera vez en el segundo curso del ciclo formativo correspondiente siempre y cuando dicho contrato hubiera sido subvencionado en la convocatoria del ejercicio anterior.

Pago de la subvención:
El derecho al cobro de la subvención se devengará en el momento de la concesión de la misma.
Inicio
Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2012.

Tornar